Cómo actuar cuando parejas del mismo sexo solicitan el Bautismo de un hijo

El Vicario General de la Diócesis de Osma-Soria, Gabriel-Ángel Rodríguez Millán,
ha elaborado un subsidio con algunas orientaciones jurídicas y
pastorales sobre la admisión al Sacramento del Bautismo de los hijos,
adoptados o biológicos, de parejas homosexuales. Las orientaciones,
revisadas por el Obispo de Osma-Soria, Mons. Gerardo Melgar Viciosa, sólo quieren ser “un
instrumento al servicio de los párrocos hasta el momento en el que, a
nivel de Iglesia universal o de Conferencia episcopal, se promulgue una
normativa con carácter general”
sobre estos temas.

 

Reconoce el Vicario General que en los últimos tiempos “estamos asistiendo al nacimiento de un fenómeno nuevo en relación al tema del Bautismo”
que plantea a la pastoral de la Iglesia interrogantes que han de ser
tratados con caridad y prudencia: se trata de cómo actuar cuando parejas
del mismo sexo, que han obtenido o no algún tipo de reconocimiento
legal de su unión en el ámbito civil, solicitan el Sacramento del
Bautismo de un hijo biológico de una de las partes de la pareja o
concedido en adopción legal.


Como ha recordado la Iglesia recientemente (Sínodo de los Obispos celebrado en octubre del año pasado) en estos casos “el pequeño debe ser acogido con la misma atención, ternura y solicitud que reciben los otros niños”.
De ahí que, para recordar esto y en orden a asegurar una praxis
pastoral común en la Diócesis de Osma-Soria, se haya creído conveniente
establecer esta normativa diocesana que, como escribe el Vicario
General, no pretende “juzgar la conciencia” de las parejas homosexuales aunque su conducta moral sea “objetivamente contradictoria con las enseñanzas del Magisterio de la Iglesia”.


Según recuerda Rodríguez Millán, “el Catecismo de la Iglesia Católica afirma que el
santo Bautismo es el fundamento de toda la vida cristiana, el pórtico
de la vida en el Espíritu y la puerta que abre el acceso a los otros
Sacramentos
[…] La pura gratuidad de la gracia de la salvación se
manifiesta particularmente en el Bautismo de niños. Por tanto, la
Iglesia y los padres privarían al niño de la gracia inestimable de ser
hijo de Dios si no le administraran el Bautismo”
(nn. 1213; 1250)


El texto publicado, estructurado en tres
apartados, recuerda el Magisterio de la Iglesia sobre el Sacramento del
Bautismo así como la normativa canónica a este respecto. Además, invita
al “tacto pastoral” en el modo de acoger y tratar la petición del Bautismo por parte de las parejas del mismo sexo.